Captura del sitio web de la GMU de Málaga |
Demolición de edificaciones en Málaga (II)
Protección de la fauna. Cerramiento del solar. Protección arqueológica.
En el PGOU de Málaga, las obras de demolición se clasifican en totales o parciales, y deben tramitarse como obra menor a no ser que vengan recogidas como parte de un proyecto de obra mayor.
Protección de la fauna ante trabajos de demolición
Con el fin de favorecer la nidificación de las especies urbanas protegidas, tales como la cigüeña blanca, el cernícalo primilla, el avión común, el vencejo, el murciélago, la lechuza o la golondrina común, todas las obras de demolición deben ejecutarse preferentemente durante los meses de septiembre a enero, ambos inclusive.
Cerramiento del solar en obras de demolición
Ante obras de derribo de cualquier finca, es obligatorio disponer un cerramiento ajustado a la alineación oficial.
Demoliciones en zonas de protección arqueológica
En todas aquellas zonas en las que puede preverse la aparición de restos con interés patrimonial (el recinto medieval, el cementerio islámico, la muralla fenicia, la muralla romana, los arrabales, etc.) el Ayuntamiento de Málaga puede autorizar la demolición de los edificios sin necesidad de que la solicitud de licencia vaya acompañada de una solicitud de licencia de nueva construcción, siempre que los edificios a demoler no estén sometidos a ningún tipo de protección integral ni arquitectónica y que el interesado solicite la prestación del servicio arqueológico municipal o particular, presentando proyecto de investigación aprobado por la Consejería de cultura. En estos casos, la intervención arqueológica debe iniciarse dentro del plazo de quince días desde la demolición.