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miércoles, 8 de febrero de 2017

Los expedientes de ruina urbanística (II)

La ruina de las edificaciones (II)

Registro municipal. La ruina inminente.

Derechos y deberes del propietario

La Ruina en el Derecho Urbanístico. Crisis y Evolución del Modelo Tradicional (Monografía - Revista Derecho Urbanistico y Edificación)
La declaración de la situación legal de ruina urbanística concede al propietario el derecho a elegir entre la rehabilitación o la demolición de su inmueble, a no ser que el inmueble sea una construcción o edificación catalogada, protegida, o sujeta a procedimiento dirigido a la catalogación o al establecimiento de un régimen de protección integral, en cuyo caso no podrá optar por la demolición.
La declaración de la situación legal de ruina urbanística también impone al propietario las siguientes obligaciones:
  1. Adoptar las medidas urgentes y realizar los trabajos y las obras necesarios para mantener la estabilidad y la seguridad
  2. Proceder a la rehabilitación o a la demolición.

El Registro municipal de solares y edificaciones ruinosas

La declaración legal de ruina urbanística comporta la inclusión de la construcción o edificación en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas. A partir de ese momento, el propietario tiene un año para que ejecutar las obras de rehabilitación o bien de demolición pertinentes.
Si al cabo de un año el propietario aún no ha ejecutado la rehabilitación ni la demolición, la Administración se verá habilitada para expropiar el inmueble, previa declaración del incumplimiento del deber de conservación, o la colocación del inmueble en situación de ejecución por sustitución, mediante el correspondiente concurso.

La ruina física inminente

La ruina física inminente acontece cuando la construcción o edificación amenaza con derruirse de modo inminente, con peligro para la seguridad pública o la integridad del patrimonio protegido. En esos casos, el Ayuntamiento está habilitado para disponer todas las medidas que sean precisas, incluido el apuntalamiento de la construcción o edificación y su desalojo. Las obras, definitivas o provisionales, motivadas por ruina física inminente no están sujetas a previa licencia urbanística municipal.

martes, 27 de septiembre de 2016

Los expedientes de ruina en Manilva

La ruina urbanística en Manilva

Inmuebles inscribibles. Requerimiento. Ejecución por sustitución.


El pasado día 12 de diciembre de 2011 entró en vigor la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas del Ayuntamiento de Manilva. La ordenanza define qué inmuebles son susceptibles de inscripción en el registro, contando entre ellos las edificaciones ruinosas, es decir, las que han sido declaradas en situación legal de ruina urbanística.

Requerimiento de edificación

Cuando un inmueble es declarado en situación legal de ruina urbanística, su inscripción en el Registro municipal de solares y edificaciones ruinosas habilita al órgano competente de la Administración de Manilva para requerir al propietario la ejecución, en su caso, de las obras de restauración pertinentes. Si dicha ejecución no acontece antes de que transcurra un año, la construcción o edificación será colocada en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución.

Ejecución por sustitución

Si se incumple la obligación de ejecutar las obras de conservación o rehabilitación requeridas, tras la colocación de la edificación ruinosa en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, el concurso correspondiente se iniciará en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la declaración del incumplimiento.
Expedientes de ruina

martes, 6 de septiembre de 2016

Los expedientes de ruina en Medina Sidonia

La ruina urbanística en Medina Sidonia

Fincas inscribibles. Incumplimiento en la reparación.

Historia De La Ciudad De Medina Sidonia...
El pasado día 13 de junio de 2009 entró en vigor la  Ordenanza Local Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, del Ayuntamiento de Medina Sidonia. Entre los inmuebles que dicha ordenanza considera susceptibles de ser inscritos en el registro están las edificaciones declaradas en ruina, previa tramitación del expediente administrativo correspondiente. El registro es público, por lo que los ciudadanos de Medina Sidonia ostentan derecho a que se les manifiesten los libros o a que se les expidan certificaciones de su contenido.

Inclusión en el registro

La declaración legal de ruina urbanística comporta la inclusión de la construcción o edificación en el Registro municipal de solares y edificaciones ruinosas de Medina Sidonia, lo cual implica la colocación, en lugar visible, de una señal indicativa de la inclusión. A partir de ese momento, el propietario queda habilitado para ejecutar, en su caso, las obras de restauración pertinentes.

Incumplimiento de las órdenes de reparación

Si transcurre el plazo de un año desde la inclusión en el registro y no se acredita el inicio de las obras de reparación, la construcción o edificación será colocada en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución. En ese momento, se incoará procedimiento de declaración de incumplimiento, dejará de admitirse solicitudes de Licencia de obras a ejecutar en el inmueble y pasará a aplicarse el procedimiento de concurso.

Expedientes de ruina

domingo, 26 de junio de 2016

Los expedientes de ruina en Málaga (I)

Expedientes de ruina en Málaga

La ruina urbanística en Málaga (I)

Supuestos de ruina y contenido normal del deber de conservación


Entre los propósitos de la Ordenanza de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones de Málaga está la regulación del estado de ruina urbanística, el procedimiento para la declaración de la misma tras el correspondiente expediente contradictorio y la regulación de la situación de ruina inminente.

Las declaraciones de ruina en Málaga

En el municipio de Málaga, la tramitación de los Expedientes de ruina corresponde a la  Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructura, siendo competencia del Consejo de Administración de dicha Gerencia la declaración del estado de ruina de las edificaciones. El Consejo declarará la ruina de los inmuebles en los siguientes supuestos:
  • cuando el coste de las reparaciones necesarias para devolver al inmueble la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales supere el límite del deber normal de conservación
  • cuando, acreditando el propietario el cumplimiento puntual y adecuado de las recomendaciones de los informes técnicos correspondientes al menos a las dos últimas inspecciones periódicas, el coste de los trabajos y obras realizados como consecuencia de esas dos inspecciones, sumado al de las que deban ejecutarse para devolver al inmueble la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales, supere el límite del deber normal de conservación.

Contenido normal del deber de conservación

El contenido normal del deber de conservación está representado por la mitad del valor de una construcción de nueva planta con similares características e igual superficie útil, realizada de forma que su ocupación sea autorizable. La ordenanza malagueña prescribe que el valor de construcción de nueva planta se calcule sumando al Presupuesto de Ejecución Material (PEM) correspondiente, los siguientes conceptos:
  • un 13% en concepto de Gastos Generales del contratista
  • un 6% en concepto de Beneficio Industrial del contratista
  • los honorarios facultativos necesarios para realizar la construcción
  • el IVA
  • el impuesto municipal sobre construcciones
  • las tasas por licencia de obras.

En cuanto al Presupuesto de Ejecución Material, la ordenanza especifica que se debe calcular sumando los productos parciales de la superficie construida de cada uso característico de la edificación por el módulo de precio por metro cuadrado que le corresponda.

Expedientes de ruina en Málaga