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miércoles, 8 de agosto de 2018

La gestión de residuos en Proyectos de demolición (IV)

Gestión de residuos en los Proyectos de demolición (IV)

Codificación. Tratamiento previo. Obligaciones del Gestor. Valorización.


El Estudio de gestión de residuos de demolición debe codificar los residuos con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, o bien a la norma que sustituya a dicha lista.

El tratamiento previo

Se considera tratamiento previo aquel proceso físico, térmico, químico o biológico, incluida la clasificación, que cambia las características de los residuos de demolición con el fin de conseguir alguna de las siguientes ventajas:
  • reducir su volumen o su peligrosidad
  • facilitar su manipulación
  • incrementar su potencial de valorización
  • mejorar su comportamiento en el vertedero.

Obligaciones del Gestor de residuos de demolición

El Gestor de residuos de demolición debe cumplir con las siguientes obligaciones:
  • extender al Poseedor o al Gestor que le entregue los residuos de demolición los certificados acreditativos de la gestión de los residuos recibidos, especificando el productor y, en su caso, el número de la Licencia de obra de procedencia
  • si carece de autorización para gestionar residuos peligrosos, debe disponer de un procedimiento de admisión que asegure la detección y la separación de los mismos, con anterioridad al proceso de tratamiento, así como el almacenamiento adecuado y la derivación a gestores autorizados de residuos peligrosos
  • si se trata de un gestor que lleve a cabo operaciones exclusivamente de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, debe transmitir al Poseedor o al Gestor que le entregó los residuos los certificados de la operación de valorización o de eliminación.

Valorización de los residuos de demolición

Los residuos de demolición deben destinarse preferentemente a operaciones de reutilización. Si no se reutilizan deberán destinarse a reciclado o a otras formas de valorización. El desarrollo de actividades de valorización de residuos de demolición requiere la autorización previa del órgano competente en materia medioambiental de la Comunidad autónoma, aunque la legislación de las comunidades autónomas puede eximir de la autorización a los poseedores que se ocupen de la valorización de los residuos no peligrosos en la misma obra en que se han producido, determinando las condiciones y los márgenes dentro de los cuales puede acontecer la exención.

viernes, 3 de agosto de 2018

Los residuos de demolición en Andalucía (II)

Gestión de residuos de demolición en Andalucía (II)

Gestores de residuos. Valorización. Eliminación en vertedero. Administraciones públicas.

En Andalucía, la actividad de valorización y eliminación de residuos de demolición está sujeta a autorización administrativa. Si un gestor final de valorización o eliminación recibe residuos y no ostenta autorización para gestionar residuos peligrosos, tendrá que disponer de un procedimiento de admisión de residuos que garantice la segregación de residuos peligrosos y su posterior entrega a un gestor de residuos peligrosos autorizado o registrado, con carácter previo al proceso de tratamiento.

Valorización de residuos no peligrosos en obra

La valorización de residuos no peligrosos de demolición en la misma obra en que se producen está sometida a autorización por la Consejería competente en materia de medio ambiente.

La eliminación en vertedero

A fin de garantizar que todos los residuos se someten a operaciones de valorización, sólo se autoriza el depósito en vertedero de los residuos resultantes de las operaciones de valorización. El depósito directo en vertedero sólo se permite cuando el tratamiento de los residuos resulte técnica, medioambiental o económicamente inviable, circunstancia que deberá justificarse adecuadamente.

Administraciones públicas

En Andalucía, las administraciones públicas que promuevan obras deberán:
  • aplicar medidas tendentes a la prevención y minimización en la generación de residuos de demolición
  • si se trata de la Administración de la Junta de Andalucía, emplear productos procedentes de la valorización de residuos de demolición, cuando existan materiales adecuados
  • si se trata de obras que puedan tener un impacto significativo en el medio ambiente, valorar alternativas de diseño y constructivas que generen menos residuos o que favorezcan el desmantelamiento ambientalmente correcto de la obra
  • remitir al órgano ambiental competente, junto con la documentación establecida para procedimientos de autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada o calificación ambiental, un estudio de la gestión prevista para los residuos de demolición, en el que se estime los tipos de residuos y cantidades previstas, junto con un inventario de los residuos peligrosos y una relación de medidas a aplicar para la prevención de residuos y para su segregación, reutilización, valoración o eliminación.