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viernes, 3 de agosto de 2018

Los residuos de demolición en Andalucía (I)

Gestión de residuos de demolición en Andalucía (I)

Definiciones. Consideración jurídica. Fianza o garantía.

El pasado día 26 de mayo de 2012 entró en vigor el Decreto por el que se aprobaba el vigente Reglamento de residuos de Andalucía. Entre las definiciones que incluye dicho reglamento, las siguientes afectan a las obras de demolición:
  • Persona o entidad poseedora de residuos de demolición: persona física o jurídica que tiene en su poder los residuos sin ostentar la condición de persona o entidad gestora de residuos. La persona física o jurídica que ejecuta la obra de demolición (constructor, subcontratista o trabajador autónomo) siempre recibirá la consideración de poseedora de residuos, mientras que los trabajadores por cuenta ajena nunca podrán recibir dicha consideración.
  • Residuos domésticos: entre los incluidos en esta categoría se encuentran los residuos de demolición procedentes de obras menores de construcción o reparación domiciliaria.
  • Residuos industriales: en esta categoría se incluyen los residuos de demolición producidos en obras mayores.
  • Residuos no municipales: entre los residuos no municipales se encuentran los residuos de demolición generados en las obras mayores.

Consideración jurídica

El Reglamento andaluz de residuos establece que los residuos de demolición tengan la consideración jurídica de:
  • municipales, cuando se generen en obras menores de construcción y reparación domiciliaria, de modo que la regulación de su régimen de producción y gestión será competencia de las administraciones locales, así como su vigilancia, inspección y sanción
  • no municipales, cuando se generen en obras de demolición que no ostenten condición de obra menor domiciliaria, para los cuales será la Administración autonómica la que ostente competencia en la regulación del régimen jurídico de su producción y gestión, así como de su vigilancia, inspección y sanción.

Fianza o garantía financiera

En Andalucía, los proyectos de obra sometidos a Licencia municipal deben incluir la estimación de la cantidad de residuos de demolición que se vayan a producir y las medidas para su clasificación y separación por tipos en origen. Para el otorgamiento de la Licencia municipal, las personas o entidades productoras de residuos deberán constituir a favor del Ayuntamiento que corresponda una fianza o garantía financiera equivalente destinada a asegurar la correcta gestión de los residuos generados. El cálculo de la garantía se debe realizar según establezca la ordenanza municipal aplicable, fijándose las cuantías sobre la base del Presupuesto de Ejecución Material total de la obra y aplicando un porcentaje mínimo que, para obras de derribo, es de un 2 por ciento.

Los residuos de demolición en Andalucía (II)

Gestión de residuos de demolición en Andalucía (II)

Gestores de residuos. Valorización. Eliminación en vertedero. Administraciones públicas.

En Andalucía, la actividad de valorización y eliminación de residuos de demolición está sujeta a autorización administrativa. Si un gestor final de valorización o eliminación recibe residuos y no ostenta autorización para gestionar residuos peligrosos, tendrá que disponer de un procedimiento de admisión de residuos que garantice la segregación de residuos peligrosos y su posterior entrega a un gestor de residuos peligrosos autorizado o registrado, con carácter previo al proceso de tratamiento.

Valorización de residuos no peligrosos en obra

La valorización de residuos no peligrosos de demolición en la misma obra en que se producen está sometida a autorización por la Consejería competente en materia de medio ambiente.

La eliminación en vertedero

A fin de garantizar que todos los residuos se someten a operaciones de valorización, sólo se autoriza el depósito en vertedero de los residuos resultantes de las operaciones de valorización. El depósito directo en vertedero sólo se permite cuando el tratamiento de los residuos resulte técnica, medioambiental o económicamente inviable, circunstancia que deberá justificarse adecuadamente.

Administraciones públicas

En Andalucía, las administraciones públicas que promuevan obras deberán:
  • aplicar medidas tendentes a la prevención y minimización en la generación de residuos de demolición
  • si se trata de la Administración de la Junta de Andalucía, emplear productos procedentes de la valorización de residuos de demolición, cuando existan materiales adecuados
  • si se trata de obras que puedan tener un impacto significativo en el medio ambiente, valorar alternativas de diseño y constructivas que generen menos residuos o que favorezcan el desmantelamiento ambientalmente correcto de la obra
  • remitir al órgano ambiental competente, junto con la documentación establecida para procedimientos de autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada o calificación ambiental, un estudio de la gestión prevista para los residuos de demolición, en el que se estime los tipos de residuos y cantidades previstas, junto con un inventario de los residuos peligrosos y una relación de medidas a aplicar para la prevención de residuos y para su segregación, reutilización, valoración o eliminación.


Los residuos de demolición en Andalucía (III)

Gestión de residuos de demolición en Andalucía (III)

Poseedores de residuos. Plantas móviles. Ordenanzas. Programa de prevención y gestión.

En Andalucía, los poseedores de residuos de demolición deben:

  • Cumplir lo ordenado por el R.D. 105/2008.
  • Separar los residuos peligrosos de los no peligrosos, con independencia de las cantidades generadas y siempre que sea técnicamente viable. Si la separación no es posible, la mezcla de los residuos será considerada residuo peligroso.
  • Entregar los residuos a una entidad autorizada para realizar operaciones de gestión de residuos.

Plantas móviles de gestión

Los titulares de plantas móviles para la gestión de residuos de construcción y demolición que sirvan a obras cuyo ámbito territorial sea una única provincia deberán comunicar y presentar su plan de trabajo a la Delegación provincial de la consejería competente en materia de medio ambiente. Dicha comunicación debe formalizarse para cada emplazamiento previsto y previamente a la entrada en servicio. Si la obra abarca varias provincias, la comunicación deberá dirigirse a la Dirección general con competencias en materia de residuos. En cualquier caso, el plan de trabajo de la planta móvil deberá informar de:
  • los datos identificativos de la obra: titular, objeto, características generales y Estudio de gestión de residuos de demolición
  • la aprobación por la Dirección facultativa de los medios previstos para la valorización in-situ de los residuos de demolición.

Ordenanzas sobre residuos de demolición

Los entes locales deben aprobar ordenanzas que regulen la prevención, producción, posesión, transporte, gestión y destino de los residuos de demolición en su ámbito territorial de actuación, así como los mecanismos para el cálculo, la prestación y el retorno de la fianza.

El Programa andaluz de prevención y gestión de residuos de demolición

La Consejería competente en materia de medio ambiente puede asumir la intervención administrativa para mejorar los flujos de gestión de residuos de demolición en aquellas áreas geográficas en las que se detecte déficits de gestión, de forma que se garantice un nivel elevado de protección del medio ambiente y de la salud pública, sin perjuicio de las facultades de intervención que competan a los municipios en este ámbito. Para ello, el titular de la Consejería podrá aprobar un Programa de prevención y gestión de residuos de demolición a propuesta de la Dirección general competente en materia de residuos, con el objetivo de impulsar la prevención y la implantación en el territorio de las infraestructuras de gestión necesarias. El programa debe plantearse con una eficacia mínima de 6 años.

lunes, 24 de marzo de 2014

Ayudas para rehabilitación en Andalucía

Ayudas para la rehabilitación de edificios en Andalucía

Destinatarios. Contenido. Plazo de presentación de solicitudes.


En Andalucía, las ayudas a la rehabilitación deben tramitarse de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto por la Consejería de fomento y vivienda de la Junta de Andalucía.

Destinatarios de las ayudas

Las ayudas del Programa de rehabilitación van dirigidas a los siguientes destinatarios:
  • comunidades de propietarios en las que los ingresos anuales de, al menos, el 50 por ciento de los propietarios no superen la cantidad resultante de multiplicar el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) por 2,5
  • propietarios de inmuebles en régimen de alquiler en los que la suma del número de viviendas desocupadas más el número de las alquiladas a familias con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM alcance el 50 por ciento del número total de viviendas del edificio.

Para poder obtener las ayudas, el presupuesto protegible (presupuesto de ejecución material de las obras) no puede superar los 10.000 euros por vivienda, a no ser que se trate de obras de adecuación estructural, en cuyo caso puede llegar hasta 14.000 euros.

Contenido de las ayudas

Los beneficiarios del Programa andaluz de rehabilitación de edificios perciben:
  • asistencia técnica para la redacción de los proyectos o documentos técnicos precisos, así como para la dirección de las obras
  • una subvención de cuantía equivalente al 75 por ciento del presupuesto protegible, lo cual equivale a un máximo de 7.500 euros por vivienda, o de 10.500 euros si las obras son de adecuación estructural
  • además, el beneficiario puede solicitar un préstamo cualificado por la parte del presupuesto protegible que quede por cubrir, siempre que los ingresos anuales no superen la cantidad resultante de multiplicar el IPREM por 5,5.

Plazo de presentación de solicitudes

La presentación de solicitudes para acceder al Programa de rehabilitación de edificios está sujeta a convocatoria pública, la cual debe ser convocada mediante Orden de la Consejería de fomento y vivienda de la Junta de Andalucía. El plazo máximo para la presentación de solicitudes se determina en la Orden.
PROYECTOS DE REHABILITACION DE EDIFICIOS














Daniel Trujillano, arquitecto